Según infomacion de Europa Press, la Fiscalía ha rebajado las penas, a lo que se han sumado las defensas y la acusación particular, ejercida por la Asociación Clara Campoamor. De este modo, J.A. de J.F. ha obtenido una condena de un año de prisión y seis años de inhabilitación absoluta, y V.G.M. el mismo periodo de inhabilitación más un año y medio de prisión.
Ambos se han declarado culpables de un delito de abuso de la función pública, previsto específicamente en el Código Penal para los funcionarios de prisiones. Así se ha conocido en la breve vista oral celebrada en la Audiencia Provincial de Ávila. Debido a que ambos no tienen antecedentes penales y a que la condena es de un año y medio en el mayor de los casos, no ingresarán en la cárcel.
El acuerdo contempla que el coordinador interno J.A. de J.F., en 2014 propuso a una interna mantener relaciones sexuales junto a la pareja de ésta. Fueron ellas quienes denunciaron los hechos, escribiendo un documento dirigido al subdirector del centro. Tanto ésta como su pareja han regresado a su país de origen, Brasil, tras cumplir su condena.
También consta que el jefe de mantenimiento V.G.M., en 2012 propuso relaciones sexuales a una presa, repitiéndose éste comportamiento hasta en dos ocasiones más, ambas en 2013. En uno de los casos, llegó a besar a una de las internas a modo de cobro por reparar una televisión. Éste hecho se ha considerado vejación injusta, pero no abuso sexual.
En representación de dos internas y de la acusación particular, la letrada de la Asociación Clara Campoamor, Ángeles López, ha admitido que de haber llegado a juicio, la acusación habría planteado el delito de abusos sexuales, pero se ha accedido a pactar la sentencia en aras de “garantizar una condena”.
En cuanto a la inhabilitación absoluta de su labor como funcionarios, ya que son personas en edad próxima a la jubilación, “no tendrá mucha trascendencia práctica”.
Ha quedado pendiente que la sala dictamine el plazo de suspensión de la pena, es decir, el periodo de tiempo en el que los dos acusados no pueden cometer ningún hecho delictivo; en caso contrario, cumplirían la condena ingresando en prisión. La acusación pide tres años y la defensa dos.