Debido a las altas temperaturas que se esperan en los próximos días y las rachas de viento intenso, se establecen medidas preventivas y organizativas contempladas en la Orden por la que regula el uso del fuego y se prohíbe realizar trabajos en el monte y franja de 400 metros de terreno rustico que lo circunda con maquinaria que genere deflagración, chispas o descargas eléctricas. Las cosechadoras y empacadoras no tienen ninguna restricción especial en este nivel de alerta, aunque se recuerda que, en época de peligro alto, deberán detenerse si se superan simultáneamente los 30ºC de temperatura y 30 kilómetros por hora de intensidad de viento. Estas condiciones extremas es probable que se produzcan en Castilla y León los días 22 y 23 de julio.
Desde el día 17 hay una masa de aire caliente en altura sobre la Comunidad, lo que ha provocado y sigue provocando un incremento importante de las temperaturas tanto máximas como mínimas que genera una importante desecación del combustible vegetal. Los días 21 y 22 las temperaturas máximas diarias serán muy elevadas pudiendo superar en 5ºC la temperatura media de las máximas del último decenio. La intensidad de viento sube y en los días 22 y 23 se espera viento de más de 20Km/h en toda la Comunidad. El día 23 la temperatura baja por la retirada de la masa de aire caliente, pero continúa el viento y la alta inestabilidad atmosférica provocada por el movimiento de las masas de aire, que incrementa considerablemente la probabilidad de ignición y el índice de consolidación, en especial en las horas centrales del día. Esta situación atmosférica ha dado lugar a que los índices de riesgo de grandes incendios se eleven mucho los días 21, 22 y 23 de julio.
Ante esta situación, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente declara la situación de alerta meteorológica del 21 al 23 de julio. Durante estos días se solicita a la población que extreme aún más las precauciones y avise inmediatamente a través del 112 de la existencia de posibles incendios forestales.
Medidas preventivas: prohibiciones y precaución de la población y trabajos
La declaración de la alerta de riesgo de incendios forestales prohíbe el uso de barbacoas y el uso de los ahumadores en la actividad apícola; suspende las autorizaciones de uso del fuego y de fuegos artificiales; y prohíbe el uso de maquinaria que en su funcionamiento habitual despide chispas como sopletes, soldadores, radiales en el monte y franja de 400 metros de terreno rustico que lo circunda.
En cuanto a la utilización de maquinaria tipo cosechadora o empacadora, se deberá suspender en los momentos en que la temperatura sea superior a 30º C y la velocidad del viento supere los 30 kilómetros por hora. No obstante, se recomienda posponer las labores no urgentes y mantener la máxima precaución. En todo caso, es necesario tener a mano los medios de extinción y el personal suficientes para controlar los posibles incendios que se puedan originar como consecuencia de la labor.
El uso de motosierras está permitido siempre que se cuente con medios de extinción adecuados en el lugar donde se trabaje (mochila, batefuegos o similar) y que sus lugares de mantenimiento, si son en monte, se mantengan limpios de vegetación en un radio de al menos dos metros y con medios de extinción.
Los campamentos juveniles podrán seguir con su funcionamiento habitual extremando la vigilancia y las medidas preventivas, y teniendo especial prudencia en el uso de generadores, motores y cocinas de campamento.
Asimismo, se solicita a la población que, además de extremar las medidas de prudencia, tenga la máxima precaución en sus actividades al aire libre, primando su seguridad, la de los demás habitantes y sus bienes, y la del monte, solicitando avise a través del 112 de la existencia de posibles incendios forestales.