La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio declara alerta por incremento de riesgo meteorológico de incendios forestales para los días 24, 25 y 26 de julio en Castilla y León. Establece medidas preventivas para evitar incendios forestales y adopta medidas organizativas extraordinarias en el Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de Castilla y León INFOCAL para afrontar este incremento del peligro de incendios.
Los días 24 y 25 están incluidos dentro del aviso especial de fenómenos adversos por ola de calor emitido por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET). Aunque el viernes 26 se prevé el comienzo de la retirada de la continental sahariana y cierta mejoría de las variables meteorológicas de temperatura y humedad relativa, existe un efecto progresivo y acumulativo de disminución de la humedad de los combustibles vegetales derivado de la meteorología de los días anteriores y un incremento de la inestabilidad y de la intensidad del viento.
Los índices de peligro de incendios forestales manejados tanto por AEMET como por el Operativo INFOCAL coinciden en que este episodio implicará un incremento significativo de la probabilidad de ignición y de la capacidad de propagación del incendio. Ante esta situación especial, la Consejería considera necesario regular las actividades que tienen mayor probabilidad de originar incendios en el medio natural y hacer un llamamiento especial a la ciudadanía para que extreme su precaución.
Prohibiciones y precaución de la población y trabajos en el medio natural
La resolución por la que se declara la alerta prohíbe:
- Encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello.
- El uso de barbacoas situadas en espacios abiertos del monte o en la franja de 400 metros del terreno que los circunde.
- El uso de maquinaria que, en su funcionamiento habitual, despida chispas o descargas eléctricas como sopletes, soldadores y radiales, tanto en el monte como en una franja de 400 metros del terreno que lo circunde,
- Suspende las autorizaciones de uso del fuego y de fuegos artificiales, cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego.
En cuanto a la utilización de maquinaria agrícola como cosechadoras o empacadoras, no se aplicará ninguna medida complementaria a las que ya establece la orden para toda la época de peligro alto (EPA), que comprende del 12 de junio al 12 de octubre. Se debe suspender la actividad cuando la temperatura sea superior a 30 grados y la velocidad del viento supere los 30 kilómetros por hora, y es obligatorio tener a mano los medios de extinción y el personal suficientes para controlar los posibles incendios que se puedan originar como consecuencia de la labor.
Por otro lado, en los últimos días se están produciendo incidencias de incendios, de forma reiterada, provocadas por las cosechadoras, ya sea por el contacto de elementos metálicos con el suelo o por deflagraciones de las máquinas por un mal mantenimiento de estas. Es imprescindible tener especial atención en las horas centrales del día. Se recomienda posponer las labores no urgentes, evitar los trabajos en las franjas horarias de mayor riesgo y mantener la máxima precaución.
Se solicita a la población que extreme su prudencia y adopte medidas de precaución en sus actividades al aire libre. Cualquier mínima imprudencia puede dar lugar a una situación de riesgo de gran incendio forestal.
Se recuerda que avise inmediatamente al 112 ante el avistamiento de posibles incendios forestales.