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Bares

23/01/2025@13:51:32

El Tribunal Supremo ha determinado que los bares no deben pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales onerosas por las terrazas autorizadas en la vía pública. Esta decisión se basa en que el aprovechamiento especial del dominio público a través de autorizaciones municipales no constituye un hecho imponible para este impuesto. La sentencia responde a un recurso de la Generalitat de Catalunya y confirma que la instalación de terrazas no genera un desplazamiento patrimonial sujeto a gravamen, siempre que se cumplan ciertas condiciones fiscales. Esta resolución es relevante para el sector de la hostelería y clarifica la normativa sobre el uso de espacios públicos.

Esta medida tiene por objetivo atender a los desafíos demográficos de esta comunidad autónoma, perseguir el bienestar comunitario, el mantenimiento de las relaciones sociales, y la convivencia entre los vecinos de los pequeños núcleos rurales.

Desde Ávila Dani Grelha, del 'retro-bar' Comecocos, nos envía imágenes de parte del género que deberá retirar antes de que pueda volver levantar la persiana, y nos muestra una interesante iniciativa a la que se ha adherido su local en los últimos días.

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