El grupo municipal de IU de Ávila presentará en el próximo pleno del Ayuntamiento la necesidad de realizar un informe sobre el coste que supone la exención del IBI a la Iglesia Católica, cuya presencia en la ciudad abulense es especialmente importante.
En virtud del Concordato suscrito entre el Estado Español y la Santa Sede en 1979 la Iglesia Católica quedaba exonerada del pago del Impuesto de Bienes e Inmuebles por los bienes de su patrimonio inmobiliario. Posteriormente con la entrada en vigor de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, se dispuso un nuevo régimen fiscal más beneficioso para cualquier iglesia, confesión o comunidad religiosa así como otras entidades sin ánimo de lucro. Una normativa “indiscriminada en la que no se tuvo en cuenta quiénes realmente eran merecedores, por su ámbito de actuaciones, a una exención fiscal y quienes no” comenta la portavoz de Izquierda Unida en el Ayuntamiento de Ávila.
Montserrat Barcenilla apunta que en la actualidad el IBI supone aproximadamente el 32% de los ingresos municipales, “y dada la gravosa situación de las arcas municipales, los ayuntamientos no se encuentran en disposición de perder recursos financieros desde los que prestar servicios públicos o impulsar políticas de desarrollo y fomento del empleo, uno de los problemas más graves de esta ciudad”. Es por ello que desde el grupo municipal de Izquierda Unida de Ávila se busca impulsar una moción “desde la que conseguir recursos para los municipios, y por ello para el consistorio abulense” ante una normativa que, en su caso, “fue aprobada de forma unilateral por el Estado, eximiendo del pago de un impuesto de competencia exclusivamente municipal a las confesiones religiosas, así como otros colectivos”. Una normativa “en la que no se discriminó entre beneficiarios, siendo algunos de ellos de una legislación injusta y que debería poner en manos de los municipios la capacidad de determinar quiénes son evidentemente merecedores de estar eximidos de determinadas cargas fiscales”.